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Primera Comunión

Requisitos

Requisitos para tramitar una Primera Comunión

Documentación del niño o niña:

  • Acta de nacimiento (el niño debe tener 9 años cumplidos a la fecha de la celebración).

  • Boleta de Bautismo.

  • Boleta de Confirmación (solo si ya está confirmado).

  • Constancia de preparación catequética, ya sea de colegio católico o catecismo parroquial (vigencia de 6 meses a la fecha de la comunión).

Padrino o madrina:

  • Son opcionales, ya que pueden fungir los mismos del Bautismo.

  • En caso de haber padrino y/o madrina:

    • Acta de Confirmación.

    • Acta de matrimonio religioso (si están casados).

    • Documento oficial para cotejar nombres.

Sacerdote celebrante:

  • Indicar el nombre del sacerdote que oficiará la Primera Comunión y enviar su licencia ministerial.

  • Si no cuentan con uno, favor de indicarlo para asignar sacerdote.

Contacto de seguimiento:

  • Proporcionar nombre, celular y correo electrónico de la persona encargada del trámite.

Entrega de documentos

Presencial:

  • Fotocopias entregadas en la parroquia.

  • Horario: lunes a viernes, de 10:30 a 14:30 horas.

Por correo electrónico:

  • Documentos completos y legibles, en un solo mensaje.

  • Enviar a: parroquia_sedes@arcol.org

  • Asunto del correo:
    Día/Mes/Año – Primera Comunión – Nombre del que la recibe

Cuotas

  • Capilla Universidad Anáhuac: $7,100.00

  • Parroquia: $5,400.00

  • Niño adicional en la misma ceremonia: $700.00

  • No se realizan reembolsos.

Preguntas frecuentes

¿Qué hacer si el padrino no tiene su acta de Confirmación?
Debe acudir a la parroquia donde fue confirmado o bautizado y solicitar una boleta actualizada para ser padrino, con anotaciones marginales.

¿Pueden ser dos o más padrinos o madrinas?
No. Solo se permite un padrino o una madrina, o bien uno y una.

¿Puede ser padrino o madrina alguien en unión libre o divorciado y vuelto a casar?
No. Los padrinos deben:

  • Tener al menos 18 años.

  • Haber recibido Bautismo, Confirmación y Comunión.

  • Vivir y practicar su fe católica.

  • Estar casados por la Iglesia, si viven en pareja.
    (Código de Derecho Canónico, núm. 872–874)